Inclusión del cálculo actuarial en el valor de los bonos pensionales garantiza el derecho a la seguridad social (11:05 a.m.)
10 de Noviembre de 2014
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Nota:
97862
El cálculo actuarial es una estimación que se hace del valor de los aportes pensionales del trabajador que el empleador omitió efectuar. Para el Consejo de Estado, ese cálculo debe ser incorporado a la historia laboral del trabajador, toda vez que esa información debe verse reflejada en el bono pensional para que, finalmente, incida en la liquidación de la pensión. En ese orden, a juicio de la corporación, aunque la acción de tutela no tiene como finalidad el reconocimiento de derechos litigiosos o prestacionales, como es el caso de la pensión de vejez, en ciertas situaciones cuando la liquidación y remisión de bonos pensionales constituyen fundamento para que se consolide y reconozca una pensión de jubilación, se considera que procede este amparo para proteger el derecho a la seguridad social en caso de haberse sometido el solicitante de la pensión a una prolongada espera para la expedición del bono pensional. De lo anterior se infiere que la negativa frente al reconocimiento del bono pensional genera la vulneración de los derechos fundamentales a la seguridad social y al mínimo vital, pues puede truncar la expectativa de acceder a la pensión de vejez. Por lo tanto, previo cumplimiento de los requisitos legales, la entidad encargada debe emitir el respectivo bono pensional, en procura de garantizar la efectividad de los derechos fundamentales del beneficiario (C.P. Hugo Fernando Bastidas Bárcenas).
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