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Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Gobierno modifica funciones asignadas a oficina de bonos pensionales (4:41 p.m.)

04 de Febrero de 2015

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Nota:
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El Ministerio de Hacienda señala que teniendo en cuenta que el artículo 45 de la Ley 1328 del 2009 adicionó un parágrafo al artículo 14 de la Ley 100 de 1993, que dispone que el Gobierno podrá establecer mecanismos de cobertura que permitan a las aseguradoras cubrir el riesgo del incremento que podrían tener las pensiones de renta vitalicia inmediata y renta vitalicia diferida, en caso de que dicho incremento sea superior a la variación porcentual de la inflación certificado por el DANE para el respectivo año, modificó algunas funciones de la oficina de bonos pensionales, establecidas en el artículo 11 del Decreto 4712 del 2008. Así, se le asignan las que resulten de la administración y ejecución del mecanismo de cobertura de salario que reglamenta el Ejecutivo. Por ejemplo, ahora debe atender los derechos de petición, las reclamaciones y consultas de asuntos de su competencia que sean presentados por Colpensiones, las administradoras de fondos de pensiones, las aseguradoras de vida, las autoridades judiciales y los particulares, entre otros.

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