Fijan nuevo reglamento del sistema de evaluación del servicio de funcionarios y empleados de carrera de la Rama Judicial (10:53 a.m.)
20 de Diciembre de 2016
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Nota:
53542
A través del Acuerdo PSAA16-10618, que contiene 56 páginas y se encuentra dividido en cinco títulos, el Consejo Superior de la Judicatura expidió el nuevo reglamento del sistema de evaluación de servicios de funcionarios y empleados de carrera de la Rama Judicial. Lo anterior en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente de las conferidas por el artículo 257 de la Constitución Política. Vale la pena decir que en el Acuerdo PSAA14-10281 del 2014 se había proferido dicho reglamento; no obstante, en estos dos años se formularon diferentes peticiones sobre diversos aspectos, las cuales fueron analizadas y se acogieron algunas de las recomendaciones efectuadas por corporaciones judiciales, funcionarios, empleados de la administración de justicia, así como de las asociaciones y agremiaciones de servidores judiciales, con el fin de fijar una nueva disposición administrativa más garantista para los trabajadores de la justicia. Es necesario recordar que la inamovilidad y estabilidad en el empleo de los jueces, en la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, se encuentra establecida bajo la condición de que el servidor judicial tiene derecho a permanecer en su cargo mientras observe buena conducta, tenga un rendimiento satisfactorio, no haya llegado a la edad de retiro forzoso y en las demás circunstancias previstas en la ley. Así las cosas, este nuevo acuerdo rige para las evaluaciones de los periodos de calificación que inicien a partir del 1º de enero del 2017 y, como consecuencia, deroga los acuerdos PSAA14-10281 del 2014 y PSAA15-10289 del 2015 y los demás que le sean contrarios.
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