Facultad judicial del Consejo Superior no convierte a la Procuraduría en juez disciplinario: Consejo de Estado (9:43 a.m.)
30 de Agosto de 2013
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Nota:
90858
El Consejo de Estado precisó que la naturaleza judicial de las actuaciones disciplinarias de la Procuraduría no le dan al Ministerio Público la facultad jurisdiccional. En su cuarto llamado de atención consecutivo a la entidad, indicó que es la propia Corte Constitucional la que ha establecido que los juzgamientos disciplinarios de empleados de la Rama Judicial que le corresponde conocer al organismo de control siguen siendo actos administrativos y no jurisdiccionales. Esta última función, dice, la ejerce el contencioso administrativo, de ahí que el control que adelanta alrededor de este tipo de determinaciones sea de fondo y no admita restricciones. Pese a estos reparos, la corporación dejó en firme la destitución de Luis Humberto Montejo como gobernador de Boyacá, sustituto del condenado Miguel Ángel Bermúdez (C. P. Gustavo Gómez).
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