Explican por qué juez puede hacerse responsable disciplinariamente por irregularidades de sus colaboradores (3:18 p.m.)
14 de Julio de 2015
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El Consejo Superior de la Judicatura precisó que el juez debe valorar constantemente la conducta de los funcionarios de su despacho, como las de las partes, “para no permitir que se antepongan mezquinos intereses personales y ambiciones inicuas que dobleguen la recta impartición y administración de justicia”. Explicó que en cualquier actividad en la que un grupo de personas comparta un objetivo común, como ocurre en los despachos jurisdiccionales, quien infiera previamente la posibilidad de que tenga lugar una conducta antijurídica sin hacer nada para evitarla, y esta llegare a concretarse, se convierte también en responsable de la misma. Con estos argumentos, la Sala sancionó a una juez que permitió que se ordenara el pago de un título judicial por más de $ 213 millones a una abogada, pese a que el poder de sustitución que presentó evidenciaba irregularidades relativas a la identificación del apoderado del demandante en un procesos ejecutivo laboral (M. P. Angelino Lizcano).
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