Estos son los argumentos de los magistrados que se opusieron al fallo que ordenó tramitar adopción solicitada por pareja homosexual (8:45 a.m.)
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01 de Septiembre de 2014
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Los magistrados Martha Sáchica, Jorge Pretelt y Gabriel Eduardo Mendoza se opusieron a la decisión de la Corte Constitucional que ordenó tramitar una solicitud de adopción formulada por una pareja del mismo sexo, por considerar que es una labor propia del Congreso. A su juicio, pese a que en la Sentencia C-577 del 2011 se dio reconocimiento a la posibilidad de que homosexuales puedan constituir familia, solo se trataba de garantizar el respeto por la decisión autónoma de dos personas, mientras que la adopción implica el estudio del interés superior del niño y otros aspectos relevantes donde el Estado debe intervenir a través del Legislativo, por tratarse del escenario de mayor deliberación democrática. Además, en opinión de los tres juristas, no se trataba de un derecho sino de un mecanismo de protección para el menor en el que la potestad recae en una autoridad distinta a la del juez de tutela. Así, precisaron, al ser el ICBF el órgano administrativo competente para decidir qué medida es la adecuada para brindar estas garantías al niño, la corporación terminó derogando las facultades de los jueces de familia para decidir cuándo es procedente o no la solicitud; y consideraron que no era un trato discriminatorio originado en la orientación de género, como lo concluyó la mayoría de la Sala Plena, que sostuvo que ante el consentimiento de la adopción y la presencia en el núcleo familiar de uno de los padres biológicos resultaba inaceptable considerar que la homosexualidad podía ser una barrera válida para no adelantar el procedimiento (M. P. Luis Guillermo Guerrero).
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