General
Este jueves vence plazo para solicitar homologación del curso de formación judicial
27 de Junio de 2016
El cronograma para la Convocatoria No. 22, destinada al concurso de méritos para la provisión de cargos de funcionarios judiciales en todo el territorio nacional, estableció que entre el 15 y el 30 de junio de este mes se desarrollará el plazo para presentar las solicitudes de homologación del curso de formación judicial inicial para jueces y magistrados de la República en todas las especialidades, promoción 2016-2017 (Vea: Este sería el nuevo cronograma para el concurso de jueces y magistrados).
Para estos efectos se expidió, el pasado 23 de mayo, el Acuerdo PSAA16-10518, por medio del cual se autorizó a la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla la tramitación y resolución de las solicitudes de homologación, previo al comienzo del citado curso.
Según el documento, con fundamento en el artículo 160 de la Ley 270 de 1996, los aspirantes a ocupar los cargos de magistrados y jueces de todas las especialidades que superaron la Fase I de la Convocatoria PSAA13-9939 del 25 de junio de 2013, que acrediten haber participado y aprobado un curso de formación judicial inicial anterior podrán solicitar la exoneración del VII Curso de Formación Judicial Inicial, para ello deberán diligenciar el formulario de solicitud de exoneración en línea a través de la página web de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla.
Para el trámite se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
1.Si el aspirante que pretende acceder por primera vez a cualquier cargo de funcionario de la Rama Judicial para juez o magistrado nunca fue nombrado en propiedad o habiéndolo sido ya no se encuentra vinculado a la Rama Judicial y ha realizado un curso de formación judicial inicial, deberá aportar si se encuentra en su poder el acto administrativo en donde conste el curso que realizó, su aprobación y el puntaje obtenido; en caso de no contar con dichos documentos, así deberá informarlo para que la escuela judicial realice el trámite respectivo. En este caso, se homologará la nota obtenida en el curso de Formación realizado, sin que importe si se trata de la misma o distinta especialidad para la cual está concursando.
2. Si el aspirante, es magistrado o juez inscrito en carrera judicial y pretende ascender o cambiar de especialidad, podrá pedir la exoneración. En tal caso, deberá aportar, si se encuentra en su poder, el acto administrativo donde conste que está inscrito en el escalafón de carrera judicial y la última calificación de servicios que se encuentre en firme. En este caso, la calificación de servicios se homologará como resultado del curso y le permitirá hacer parte del registro de elegibles que se elabore como resultado final.
3. Cuando el aspirante vinculado a carrera judicial no haya sido sujeto de calificación de servicios, podrá solicitar que se homologue la calificación del curso, con la calificación obtenida en el curso concurso en el que haya participado, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1º, la manifestación que no ha sido calificado se entenderá bajo la gravedad del juramento.
Consejo Superior de la Judicatura, Acuerdo PSAA16-10518, May 23/16
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