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Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Este acuerdo del Consejo Superior descentraliza la administración de justicia (9:09 a.m.)

16 de Septiembre de 2016

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Nota:
123560
A pocas semanas de su entrada en vigencia, hay que comenzar explicando que el Acuerdo PSAA16-10561 establece una serie de disposiciones que tienen por objetivo compilar, modificar y delegar unas funciones del Consejo Superior de la Judicatura en los consejos seccionales y en la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, que buscan racionalizar y desconcentrar la actividad pública y promover la participación territorial en la gestión judicial. En efecto, entre los principales asuntos que presenta esta normativa se encuentra la delegación en materia de contratos. Así, los consejos seccionales tendrán la facultad de autorizar contratos cuya cuantía se encuentre de 100 a 1.500 salarios mínimos mensuales. De otra parte, como medida de equidad en la distribución de las cargas de trabajo y de descongestión, los consejos seccionales podrán reasignar los procesos que los juzgados tengan para fallo entre los despachos del mismo distrito o circuito o sección de igual jurisdicción, especialización, categoría o nivel que tengan una menor carga laboral. Es importante resaltar que los consejos podrán, como medida transitoria y mediante acto motivado, ordenar la exoneración o disminución temporal del reparto a uno o varios despachos judiciales. Pero también podrán realizar traslados transitorios de empleados entre juzgados del mismo circuito que tengan igual especialidad y categoría, hasta por el término máximo de un año, previo estudio de las cargas laborales y respetando siempre la naturaleza del cargo, la carrera judicial y las situaciones jurídicas concretas de cada servidor judicial. Debe tenerse en cuenta que por razones de fuerza mayor o por necesidades del servicio pueden ordenar transitoriamente tanto el cierre como el traslado de sitio o de sede de los despachos judiciales de su distrito o circuito.

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