Estas son las razones por las que la Corte Constitucional profirió decisión inhibitoria sobre la reforma a la justicia (4:22 p.m.)
05 de Diciembre de 2013
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Nota:
93228
La sanción es un requisito de existencia de las leyes y la promulgación es una exigencia de obligatoriedad, señaló la Corte Constitucional. Respecto de los actos legislativos, explicó que el cumplimiento de ambos requisitos determina que puedan ser demandados por medio de la acción pública de inconstitucionalidad. A su juicio, “la promulgación marca por tanto el momento en que un acto legislativo se torna obligatorio y es a su vez el acto que activa el derecho de los ciudadanos a demandar, a través de la acción pública de inconstitucionalidad, esta modalidad de reforma de la Carta Política”. Con estos argumentos, el alto tribunal concluyó que no es competente para examinar la constitucionalidad del Acto Legislativo 07/11S-143/11C, así como del Decreto 1351 del 2012, que conforman la fallida reforma a la justicia. Jorge Iván Palacio y Alberto Rojas Ríos salvaron el voto (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).
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