11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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Esta será la ley sobre formalización y reconocimiento de asentamientos humanos en predios urbanos (3:23 p.m)

08 de Junio de 2017

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Nota:
55203
Por presentarse inconsistencias en la redacción del texto aprobado por las plenarias, este proyecto de ley tuvo que someterse a conciliación. La comisión accidental decidió acoger el texto aprobado por el Senado de la República, e incluir el artículo 7° del texto aprobado en segundo debate por la Cámara de Representantes. La iniciativa establece que los actos jurídicos de constitución de propiedad horizontal, divisiones materiales y reconocimiento de construcciones que recaigan sobre bienes inmuebles ocupados con vivienda de interés social que se encuentren ubicados en predios que hayan sido objeto de legalización urbanística se liquidarán como actos sin cuantía, cuando el beneficiario sea persona natural, este mismo beneficio aplicará a la hora de materializar el registro en la oficina de instrumentos públicos. Los curadores urbanos o la autoridad competente para expedir licencias de construcción declararán la existencia de los desarrollos arquitectónicos que se ejecutaron sin obtener la respectiva licencia, siempre y cuando cumplan con el uso previsto por las normas urbanísticas vigentes y que la edificación se haya concluido, como mínimo, cinco años antes de la solicitud de reconocimiento. Los beneficios de esta ley no se aplicarán a los predios que se encuentren en litigio, hasta cuando se resuelvan. No procederá el reconocimiento de edificaciones cuando: (i) los inmuebles estén localizados en áreas de protección ambiental o cuando el suelo donde estén construidas esté clasificado como de protección en el POT; (ii) en las zonas declaradas como de alto riesgo no mitigable identificadas en el POT; (iii) los inmuebles de propiedad privada afectados en los términos del artículo 37 de la Ley 9ª de 1989 o que ocupen total o parcialmente el espacio público. El informe de conciliación deberá ser sometido a consideración de las plenarias y, de ser aprobado, será enviado a sanción.

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