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En firme reparación de $ 227.440’511.4000 a víctimas de derrumbe en Doña Juana (8:58 a.m.)

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06 de Mayo de 2013

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Al considerar que la contratista Prosantana no invocó el recurso de nulidad dentro de los parámetros ajustables al caso, el Consejo de Estado dejó en firme la condena de $ 227.440’511.4000 impuesta solidariamente a la empresa y al Distrito, a fin de reparar a las víctimas de un derrumbe producido en el relleno sanitario de Doña Juana en 1997. La Sección Tercera precisó que, si bien el artículo 142 del Código de Procedimiento Civil permite que este recurso de impugnación se presente en cualquiera de las instancias, aun después del fallo de segunda instancia, ello solo es viable bajo condiciones especiales expresas en la norma. La corporación indicó que, por no tratarse de la formulación de una excepción a la ejecución de la sentencia o de un recurso de revisión, es necesario declarar improcedente el requerimiento; agregó que la misma disposición exige que el recurso sea presentado en la diligencia de entrega de bienes en un proceso ejecutivo, cuya naturaleza difiere de este caso. Adicionalmente, la Sala rechazó por extemporáneos los recursos de aclaración, corrección y adición interpuestos por el Comité Agrario de Parceleros de la Finca Sierra Morena (C. P. Enrique Gil Botero).

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