Empleados públicos podrán ejercer el derecho a la negociación colectiva (8:50 a.m.)
25 de Mayo de 2012
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Nota:
80668
Ayer, el Ministerio del Trabajo, a través del Decreto 1092, reglamentó los parámetros para que los empleados de entidades públicas puedan ejercer el derecho a la negociación colectiva. La disposición regula los términos y el procedimiento para adelantar la negociación del pliego de solicitudes de la organización sindical. Sin embargo, los asuntos administrativos de la entidad están excluidos de ella. Además, preserva las garantías del fuero y permiso sindical con respecto a los empleados que participen en la negociación. Cabe destacar que las partes tienen la posibilidad de acudir a un mediador, con el fin de que este proponga fórmulas para llegar a un acuerdo. La norma no cobija a los trabajadores de alto nivel con funciones directivas ni al personal uniformado de las Fuerzas Militares o de Policía.
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