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Noticias / General


Derecho de daños no protege garantías basadas en actuaciones ilícitas (8:00 a.m.)

07 de Julio de 2014

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Nota:
61479
El Consejo de Estado destacó que el derecho de daños es un mecanismo para proteger un bien lesionado, pero que no tiene cabida si se basa en una actividad ilícita. De ahí que considere que aunque la actuación estatal genere la afectación de garantías con las cuales el demandante contaba, estas no pueden ser resarcidas si se dan circunstancias como las descritas. Por eso negó la demanda instaurada por un grupo de mineros contra el municipio de Guarne (Antioquia), pese a que la concesión vial que el ente promovió para la época de los hechos sí afectó las labores de explotación que adelantaban. Lo anterior porque los accionantes contaban con una licencia de exploración que no amparaba las labores que terminaron afectadas. Recordó que artículo 44 del Decreto 2655 de 1989 establece que quien goza de la licencia de exploración debe cumplir requisitos adicionales para poder explotar, lo que no ocurrió en el caso de los accionantes (C. P. Enrique Gil).

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