Demandan aparte de norma que regula titularidad del derecho a la restitución de tierras (9:52 a.m.)
12 de Julio de 2016
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Nota:
124724
Una acción pública de inconstitucionalidad radicada recientemente ante la Corte Constitucional busca la inexequibilidad de la expresión “cuya propiedad se pretenda adquirir por adjudicación”, contenida en el artículo 75 de la Ley de Victimas (Ley 1448/11), que regula la titularidad del derecho a la restitución de tierras. Según el concepto del demandante, la disposición determina quiénes son las personas que tienen este derecho, limitando la población a las víctimas que al momento de los hechos de violencia tuviesen la condición de propietarios, poseedores y explotadores, “estos últimos además deberán haber ejercido ocupación sobre los bienes”, esto es, que las personas que fueron despojadas o que tuvieron que abandonar sus predios en el marco del conflicto armado interno y que no cumplan con los requisitos para ser adjudicatarios o beneficiarios de la ley “son tratados con desigualdad y discriminación de manera injustificada, pues no podrán acceder a ninguna medida de reparación vinculada al predio”. Finalmente, el escrito concluye que con el aparte acusado se vulneran tratados internacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad, dado que se excluye a esta población vulnerable al impedírseles ser titulares de los beneficios de la restitución de tierras baldías o de una eventual compensación, ante la imposibilidad de restituir y adjudicar los bienes inmuebles, por el incumplimiento de requisitos formales, o por la existencia de restricciones ambientales.
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