Decreto que reglamentó integración de ternas para elegir alcaldes y personeros locales no afecta autonomía de las JAL (11:47 a.m.)
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25 de Junio de 2012
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La Sección Segunda del Consejo de Estado negó la nulidad del Decreto 1350 del 2005, que reguló el proceso de integración de ternas para la designación de alcaldes y personeros locales. A su juicio, la norma no limita la autonomía de las juntas administradoras locales (JAL) y, por el contrario, elimina la subjetividad en beneficio del servicio público dentro de un proceso que no es incompatible con el sistema del cuociente electoral. Así las cosas, se garantiza la imparcialidad y transparencia del nombramiento (C.P. Alfonso Vargas).
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