Corte Suprema establece alcances del prevaricato en actuaciones de juez que conoce procesos de sucesión (2:25 p.m.)
17 de Octubre de 2014
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Nota:
97339
Si el juez que informa a la DIAN sobre un trámite de sucesión determina el avalúo de los bienes inmersos en el proceso no significa que incurra en prevaricato por acción; más aún si lo hace en momentos en que las partes no han aportado los respectivos inventarios, precisó la Corte Suprema de Justicia. Contrario a ello, dijo la Sala, el artículo 844 del Estatuto Tributario le exige al operador que conozca de tales procesos informar “previamente a la partición el nombre del causante y el avalúo o valor de los bienes”. Tampoco constituye una decisión manifiestamente contraria a la ley el aprobar un nuevo inventario y avalúo de común acuerdo con las partes, pese a la existencia de uno previo, dado que el artículo 600 del Código de Procedimiento Civil permite hacerlo, ante la necesidad de establecer nuevamente la masa objeto de la sucesión, en casos de desacuerdo inicial. Además, aclaró que no toda tardanza o falta de resolución de algún recurso constituye prevaricato por omisión (M. P. Fernando Castro).
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