Corte Constitucional unifica criterios sobre protección a servidores públicos próximos a pensionarse (1:43 p.m.)
07 de Noviembre de 2012
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Nota:
84424
El denominado reten social y la protección que establece para los servidores públicos que están próximos a pensionarse tiene su fundamento jurídico en principios constitucionales. Por lo tanto, en desarrollo del Programa de Reforma a la Administración Pública (PRAP) y en aplicación de la Ley 790 del 2002, la Directiva 10 del 2002 y la protección progresiva de la seguridad social, le corresponde a las entidades liquidadas, una vez suprimidos los cargos, continuar con el pago de los aportes correspondientes al sistema de pensiones de los trabajadores a los cuales les falten menos de tres años para acceder a la pensión de jubilación o de vejez. La Corte Constitucional unificó criterios jurisprudenciales en materia de protección especial a servidores públicos prepensionados.
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