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Corte Constitucional ordena inspeccionar inscripción de víctimas por desplazamientos ocurridos en 2012 y 2013 (12:22 p.m.)

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01 de Abril de 2013

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Tras recibir quejas relacionadas con el nuevo proceso de acreditación de víctimas de desplazamiento forzado surgido con la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448 del 2011), la Corte Constitucional ordenó una inspección judicial a la Dirección de registro y gestión de información de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Ello a fin de verificar si se han cumplido los criterios de inclusión establecidos por el alto tribunal en las sentencias C-253A y C-781 del 2012, en los cuales se indican los parámetros que deben tener en cuenta las autoridades administrativas para determinar qué tipo de hechos delictivos hacen parte del universo que comprende el conflicto armado interno y cuáles, debido a que su objeto no persigue logro o parte de las incidencias de la confrontación, deben ser excluidos de los beneficios de la ley. Así las cosas, la corporación solicitó los lineamientos mediante los cuales se han venido valorando los presuntos eventos de desplazamiento ocurridos el año anterior y lo que va corrido del presente, detallando, caso a caso, por qué se ha determinado incluir o excluir a quien solicita hacer parte del Registro Único de Víctimas (M. P. Luis Ernesto Vargas).

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