Consejo de Estado respalda procedimiento usado por la Corte Constitucional para elegir candidato a Contraloría (11:46 a.m.)
08 de Enero de 2015
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Nota:
98408
Cuando un ciudadano tiene la oportunidad de inscribirse en las convocatorias que la Corte Constitucional realiza para ocupar el cargo de Contralor General de la República, la convocatoria, la inscripción y la participación en la misma no confiere un derecho distinto de la mera participación para acceder a la aludida dignidad. Así lo indicó el Consejo de Estado, al resolver una acción de tutela interpuesta por una de las aspirantes para ser ternada a la Contraloría por el máximo órgano constitucional, que acudió a la administración de justicia luego de aducir que la Corte Constitucional vulneró sus derechos fundamentales al trabajo, igualdad y debido proceso, al elegir al candidato Edgardo Maya. Según el fallo recientemente publicado, la ciudadana sostuvo que el actual Contralor fue ternado sin haber hecho parte de la lista de inscritos de la convocatoria de la que finalmente fue elegido, lo que, a su juicio, vicia de nulidad el procedimiento y daba pie a la realización de una nueva terna. Por el contrario, para el Consejo de Estado, no hay un procedimiento preciso y detallado para realizar la postulación del candidato para conformar la terna a la Contraloría General de la República, lo cual supone que se trata de una decisión que la Corte Constitucional puede adoptar de manera discrecional y autónoma, de allí que el ejercicio de la anotada función nominadora no pueda ser asimilado bajo ninguna consideración a un concurso de méritos (C. P. Alfonso Vargas Rincón).
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