Consejo de Estado recuerda término para ejercer acción de reparación directa por privación injusta de la libertad (2:58 p.m.)
06 de Diciembre de 2013
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Nota:
93197
Al resolver la apelación contra un fallo de reparación directa en el que fue condenada la Fiscalía General de la Nación por la privación injusta de la libertad de un ciudadano, el Consejo de Estado insistió que en los casos en los cuales se ejerce esta acción, el término de caducidad se cuenta desde el momento en el cual el sindicado recupera la libertad o la providencia absolutoria queda ejecutoriada, escogiendo la última situación que se presente (C.P. Hernán Andrade Rincón).
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