Consejo de Estado recuerda requisitos de acceso a la pensión gracia para maestros (12:29 p.m.)
16 de Enero de 2015
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Nota:
98308
El alto tribunal indicó que habiendo acreditado, al menos, 20 años de servicio en planteles educativos municipales, departamentales o nacionales y permaneciendo vinculados por lo menos hasta el 31 de diciembre de 1980 no hay razón para que a los docentes se les niegue el derecho a la pensión gracia. La Sala recordó que el artículo 15 de la Ley 91 de 1989 (literal a) del numeral 2º) consagra que los docentes vinculados hasta el 31 de diciembre de 1980 que se acogieran a regímenes como los fijados en la leyes 114 de 1913, 116 de 1928, 37 de 1933, entre otras, debían conservar dicha garantía. Recordó que estos requisitos están inscritos en el artículo 4º de la Ley 114 de 1913 (C. P. Gerardo Arenas).
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