Consejo de Estado es el competente en examen constitucional a aplicación transitoria de TLC con la UE: Procuraduría (8:10 a.m.)
03 de Diciembre de 2013
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Nota:
93111
La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que se declare inhibida para adelantar un examen de fondo a la ley por medio de la cual se dio aplicación provisional al tratado de libre comercio firmado por la Unión Europea con Colombia y Perú (Decreto 1513 de 2013). A su juicio, se trata de una norma que conserva los rasgos propios de la función administrativa y, por tanto, su fuerza normativa es inferior a la ley. En conclusión, agrega, es el Consejo de Estado el que, como instancia máxima de la jurisdicción contencioso administrativa, debe adelantar este examen constitucional. Sostuvo que si se entendiera que una actuación de esta naturaleza tiene la misma composición que la legislativa, no habría razón para la diferenciación que al respecto impone el artículo 224 de la Constitución. Añadió que si el acto administrativo se asimilara a la ley aprobatoria, este debería surtir todos y cada uno de los trámites previstos para los tratados públicos, es decir, negociación, adopción del texto, firma, aprobación, ratificación y canje de los instrumentos de ratificación. La ponencia será presentada por el magistrado Luis Guillermo Guerrero.
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