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Conozca las inconstitucionalidades declaradas en materia de usos del suelo para planes de ordenamiento territorial (4:12 p.m.)

26 de Abril de 2016

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Nota:
106403
El alto tribunal constitucional declaró inexequibles las expresiones “en materia de usos de suelos” y “en materia de uso del suelo, salvo, aquellos que hubieren sido declarados como unidades de actuación urbanística y hubiesen sido incluidos en el plan de ordenamiento territorial”, incluidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 1617 del 2013. Las disposiciones demandadas hacen referencia a las garantías adquiridas en materia de usos de suelos, así como de las actuaciones, licencias y sanciones urbanísticas en los planes de ordenamiento territorial (POT). Para la Sala, las decisiones de carácter general que se adopten por los concejos municipales y distritales al revisar el POT que impliquen la modificación de usos del suelo prevalecen sobre las licencias que se hayan otorgado con anterioridad, ya que no puede alegarse un derecho adquirido a determinado uso del suelo, en la medida en que el interés particular debe ceder ante intereses de orden general que se busca en los planes de ordenamiento territorial. “En la tensión que surge entre la garantía de la propiedad privada y de los derechos adquiridos y el reordenamiento en los usos de suelo por razones de interés general, social o ecológico el legislador debía ponderar los intereses en juego y darle prelación a estos últimos, acorde con lo dispuesto en el artículo 58 de la Carta Política”, agregó el comunicado. No obstante, los magistrados Luis Guillermo Guerrero, Alejandro Linares Cantillo y Luis Ernesto Vargas manifestaron su salvamento de voto, dado que, en su concepto, las expresiones declaradas inconstitucionales no desconocían los principios y garantías constitucionales (M.P. Gabriel Eduardo Mendoza).

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