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Conozca la reforma al Sistema General de Regalías que asigna recursos para la paz
11 de Septiembre de 2017
El pasado 8 de septiembre fue expedido el Acto Legislativo 04, por medio del cual se adiciona el artículo 361 de la Constitución Política, añadiéndole los parágrafos 4° y 5° y los parágrafos transitorios 7°, 8°, 9° y 10°, relacionados con el Sistema General de Regalías que asigna recursos para la paz.
Las disposiciones agregadas establecen que cuando una entidad territorial que reciba recursos del Sistema General de Regalías para el ahorro pensional territorial cubra sus pasivos pensionales destinará los recursos provenientes de esta fuente a la financiación de proyectos de inversión.
Durante los 20 años siguientes a la entrada en vigencia de esta reforma, estos proyectos deberán tener como objetivo la implementación del Acuerdo de Paz, incluyendo la financiación de proyectos destinados a la reparación integral de víctimas.
El Gobierno, mediante decreto con fuerza de ley, que expedirá dentro de los seis meses siguientes, reglamentará esta reforma. (Lea: Lista reforma al sistema de regalías que optimiza recursos para la paz, ciencia y tecnología)
Así mismo, durante los 20 años siguientes a la entada en vigencia del texto un 7 % de los ingresos del Sistema General de Regalías se destinarán a una asignación para la paz que tendrá como objeto financiar proyectos de inversión para la implementación del Acuerdo Final, incluyendo la financiación de proyectos destinados a la reparación de víctimas.
Igualmente, el 70 % de los ingresos por rendimientos financieros generados por el mismo sistema, con excepción de los generados por las asignaciones directas, y el 30 % restante se destinará para incentivar la producción de municipios en cuyos territorios se exploten los recursos naturales no renovables y a los municipios y distritos con puertos marítimos y fluviales por donde se transporten dichos recursos o derivados de los mismos. Lea: Municipios que reciban regalías financiarían proyectos para implementación del acuerdo de paz)
Sumado a lo anterior, y con el fin de financiar la infraestructura de transporte requerida para la implementación del Acuerdo Final, se trasladará el 60 % de los saldos no aprobados en el Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación a 31 de diciembre del 2016. (Lea: Estos son los cambios en la UNP para implementar esquema de protección a las Farc)
El 50 % de los recursos objeto del traslado será destinado a la asignación para la paz, para ser definidos por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión y el 50 % restante al Fondo de Desarrollo Regional.
Congreso de la República, Acto Legislativo 04, Sep. 8/17
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