Conozca la nueva interpretación sobre derechos reproductivos de personas en situación de discapacidad (8:32 a.m.)
21 de Abril de 2016
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Nota:
106480
El alto tribunal constitucional resolvió la exequibilidad condicionada de la expresión “discapacidades mentales”, contenida en el artículo 6° de la Ley 1412 del 2010. Hay que decir que con esta ley se autoriza la realización de forma gratuita y se promueve la ligadura de conductos deferentes o vasectomía y la ligadura de trompas de falopio como formas de fomentar la paternidad y maternidad responsable. Para la parte demandante, la expresión discapacitados mentales, que aparece en la norma, “no permite distinguir entre los diversos grados de discapacidad mental que se pueden padecer, sino que, por el contrario, trata de igual manera todos los grados de discapacidad”. En efecto, la Corte encontró que, por su generalidad, la norma admite otras lecturas que podrían violar el marco constitucional relativo a los derechos reproductivos de las personas en situación de discapacidad y al deber de garantizar el ejercicio de sus derechos como sujetos de especial protección constitucional, en armonía con las obligaciones internacionales. Así las cosas, teniendo en cuenta que el ejercicio de la capacidad jurídica es diferente del ejercicio del derecho de autonomía reproductiva, particularmente de la decisión de tener hijos en forma responsable, resolvió su legalidad, “bajo el entendido de que la autonomía reproductiva se garantiza a las personas declaradas en interdicción por demencia profunda y severa y que el consentimiento sustitutivo para realizar esterilización quirúrgica tiene un carácter excepcional y solo procede en casos en que la persona no pueda manifestar su voluntad libre e informada una vez se hayan prestado todos los apoyos para que lo haga”. No obstante, los magistrados Luis Guillermo Guerrero Pérez, Gabriel Eduardo Mendoza y Luis Ernesto Vargas manifestaron su salvamento de voto en relación con la decisión de exequibilidad condicionada, por diferentes razones. (M.P. Gloria Stella Ortiz).
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