Condenan a la Nación con testigos de oídas (8:45 a.m.)
31 de Marzo de 2016
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Nota:
105954
A través de una sentencia de apelación recientemente publicada, el Consejo de Estado le dio credibilidad probatoria a testigos de oídas recaudados, afirmando que constituyen una herramienta importante para que el juez busque la verdad y cumpla con el propósito de administrar justicia. La alta corporación recordó, en un pronunciamiento anterior, que los aspectos que se deben analizar en los testigos de referencia son las calidades y condiciones del testigo, las circunstancias en las cuales obtuvieron el conocimiento de los hechos, la identificación precisa de la persona -fuente- que le trasmitió la ocurrencia de los hechos y la determinación del grado en el cual el testigo de oídas escuchó la información, esto es, que la narración de los hechos que indicó haya provenido de una persona que supo lo que sucedió y no sea un rumor. Teniendo en cuenta las anteriores características, la Sección Tercera resolvió un recurso de apelación declarando responsable a la Nación – Policía Nacional por la muerte de una persona en el municipio de Carmen de Atrato (Chocó), al analizar los testigos de oídas escuchados en un proceso de acción de reparación directa y los condenó a cancelarle a algunos familiares perjuicios morales (C. P. Marta Nubia Velásquez Rico).
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