Condenan al Estado por lesiones a un conscripto, pero llaman en garantía a su superior (3:35 p.m.)
17 de Septiembre de 2012
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Nota:
83332
El Consejo de Estado declaró administrativamente responsable al Ejército Nacional por las lesiones ocasionadas a un soldado cuando prestaba el servicio militar obligatorio, debido a que recibió un disparo de un superior con su arma de dotación. El alto tribunal reiteró que la responsabilidad del Estado se configura ante los daños ocasionados a los conscriptos que están bajo su cuidado, pues quien presta el servicio militar obligatorio no tiene que asumir el daño ocasionado por una actuación temeraria de uno de los miembros de la institución, menos aun si es un superior encargado de garantizar su vida e integridad personal. “Disparar a un soldado conscripto, cualquiera que sea el fin, incluso simular una situación de combate, constituye una actuación temeraria y excesivamente imprudente”, lo que constituye falta grave, señaló el fallo. La Sección Tercera llamó en garantía a la persona que disparó, pues su condición le exigía el deber de cuidado de quienes tenía bajo su tutela y le ordenó que reintegre el 60 % del pago de la condena impuesta a la Nación (C. P. Stella Conto Díaz del Castillo).
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