Conciliada iniciativa que ordena plasmar voluntad de donación de órganos en documentos (9:00 a.m.)
02 de Diciembre de 2016
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Nota:
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El pasado martes 29 de noviembre, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó, en último debate, la iniciativa que obligaría al Ministerio de Transporte (Mintransporte) y a la Registraduría Nacional del Estado Civil, dentro del trámite de expedición de los documentos de identificación, incluir una opción para que las personas manifiesten de manera expresa su deseo de ser o no donantes de órganos y tejidos, con el fin de que estos sean utilizados después de su fallecimiento para trasplante o implante en otra persona con objetivos terapéuticos. El documento tuvo que ser enviado a conciliación por presentarse diferencias entre lo aprobado por las plenarias. Así, la comisión accidental decidió acoger lo aprobado por la plenaria de la Cámara de Representantes, este informe se someterá a votación de las plenarias y de ser aprobado se enviará a sanción presidencial. En tal virtud, el Mintransporte, a través del RUNT, realizará las actualizaciones tecnológicas requeridas para cumplir lo anteriormente señalado, estas implementaciones tecnológicas se realizarán en el término de seis meses, contado desde la sanción de la ley. Vale la pena mencionar que la voluntad de donación expresada en vida por una persona solo puede ser revocada por ella misma y no podrá ser sustituida después de su muerte por sus deudos o familiares. En agosto, el presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley 1805 del 2016, que amplía la presunción legal de donación de componentes anatómicos para fines de trasplantes u otros usos terapéuticos. Según esta norma, se presume que se es donante cuando una persona durante su vida se ha abstenido de ejercer el derecho que tiene a oponerse a que de su cuerpo se extraigan órganos, tejidos o componentes anatómicos después de su fallecimiento.
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