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Actualizado hace 7 minutes | ISSN: 2805-6396

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Compensación de minutos por servicios móviles ya debe operar en forma individual (3:35 p.m.)

04 de Febrero de 2015

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Nota:
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Desde febrero, los usuarios de servicios móviles de voz verán reflejados en su saldo compensaciones individuales de minutos o segundos, según el plan, por fallas en la prestación del servicio (falta de cobertura o por la deficiente prestación de servicios de voz) que se hayan presentado en el mes de enero de este año, así lo recordó la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), según lo establecido en la Resolución 4296 del 2013. Aunque la medida ya viene operando desde el año pasado, los operadores que aún no estaban preparados podían compensar una cantidad promedio de minutos. A partir de enero de este año, todos los operadores están obligados a compensar individualmente a cada uno de sus usuarios. “Al ser automática, los usuarios no tienen que hacer ningún tipo de solicitud ante su operador, quien debe informar sobre la cantidad de minutos compensados, a través de un mensaje de texto”, recordó la CRC. Esta compensación se continúa realizando a través de una recarga de tiempo al aire disponible (minutos o segundos, según la modalidad de facturación del operador), a usuarios en pospago y prepago. En pospago, el operador deberá realizar la compensación a sus usuarios dentro del siguiente periodo de facturación, posterior al mes respectivo; y en prepago, la compensación deberá efectuarse dentro de los 30 días calendario siguiente al mes objeto de compensación

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