Comisión que coordina procesos electorales deberá entregar informe de gestión luego de cada elección (11:49 a.m.)
05 de Diciembre de 2013
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Nota:
93241
Propiciar el cumplimiento de las garantías, hacer seguimiento, presentar sugerencias y recomendaciones para asegurar el normal desarrollo del proceso electoral y coordinar con las autoridades el suministro de información serán, entre otras, funciones de la Comisión para la coordinación y seguimiento de los procesos electorales, señaló el Gobierno mediante el Decreto 2821. Para garantizar la transparencia de esta labor, la instancia a nivel nacional deberá entregar un informe sobre su gestión al Ejecutivo, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica vigente y a la opinión pública, dentro de los 60 días siguientes a cada elección, recogiendo los informes de los despachos departamentales, distritales y municipales, que tendrán que remitir los gobernadores y alcaldes dentro de los 30 días siguientes a cada elección. Las disposiciones derogan los decretos 2390 del 2003, 810 y 1465 del 2007.
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