Cometer una falta disciplinaria no es suficiente para imponer sanción (3:26 p.m.)
08 de Mayo de 2015
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Nota:
100673
El Consejo de Estado sostuvo que para que haya lugar a disciplinar a un funcionario por cometer una falta constitutiva de delito, como el prevaricato por omisión, se debe probar el dolo. Anotó que quien ejecute esta acción probando que lo hizo con pleno convencimiento de haber cumplido órdenes legítimamente impartidas no puede ser responsable de un actuar doloso. Por lo expuesto, la Sala determinó que el actor, sancionado por violar el artículo 34 (numeral 9º) del Código de Policía, registrar un vehículo sin contar con orden judicial, apenas lo hizo en cumplimiento de la directriz que le impartió su superior. Por esa razón, el Consejo de Estado anuló la destitución e inhabilidad de 12 años que le impuso la Policía (C. P. Luis Rafael Vergara).
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