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Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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ATENCIÓN: Gobierno sanciona Ley Antitrámites

26 de Agosto de 2020

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Para facilitar, agilizar y garantizar el ejercicio de los derechos ciudadanos y fomentar la competitividad, el Gobierno Duque sancionó la Ley 2052 (iniciativa del representante Juan Fernando Reyes Kuri), una norma que aplicará a toda la Rama Ejecutiva de los niveles nacional y territorial, así como a los particulares que cumplan funciones públicas y/o administrativas.

 

Así, se obliga a digitalizar la gestión interna de todos los trámites que se creen a partir de la entrada en vigencia de esta ley. Además, se ordena a los sujetos obligados que no incrementen las tarifas o establezcan cobros adicionales por los trámites que se automaticen.

 

Como novedad, cualquier trámite que se cree en adelante será exclusivamente en línea, y para los existentes que no puedan realizarse totalmente en línea el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones determinará sus plazos y condiciones.

 

Cada dos años, el Departamento Administrativo de la Función Pública deberá revisar los trámites, procesos y procedimientos existentes y emitir un informe señalando cuáles deberán racionalizarse y aquellos sobre los que podría aplicarse el silencio administrativo positivo. La primera revisión será dentro de seis meses.

 

Se implementará el servicio de autenticación digital y se crearía la carpeta ciudadana digital, para garantizar el acceso de manera segura a los datos de quienes se relacionan con el Estado.

 

Estampillas digitales

 

La ley crea las estampillas electrónicas, por lo que la Agencia Nacional de Contratación Pública organizará dentro del SECOP un punto único de ingreso de información y de generación de reportes del Sistema de Compras Contratación Pública.

 

La adopción de las nuevas estampillas se deberá realizar bajo el siguiente cronograma:

 

•             Categoría especial: 24 meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley.

•             Primera categoría: 30 meses.

•             Segunda y tercera categoría: 36 meses.

•             Cuarta, quinta y sexta categoría: 48 meses desde el vigor de la Ley 2052.

 

Los distritos, departamentos y municipios transferirán al Ministerio de Hacienda, por una sola vez, hasta un 20 % del recaudo anual de las estampillas, con el fin de financiar la adopción de esta virtualidad.

 

Los trámites previos a la expedición de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información que tengan alguna tarifa relacionada con el acceso a información pública deberán ser gratuitos de inmediato, salvo que se trate de normas de carácter especial, asociados al régimen mercantil, laboral, profesional y de seguridad social.

 

Congreso de la República, Ley 2052, Ago. 25/20.

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