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ATENCIÓN: Consejo de Estado expide protocolo de retorno gradual y parcial al lugar de trabajo

04 de Septiembre de 2020

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Con el propósito de dar continuidad a las medidas de bioseguridad y prestación eficiente del servicio de justicia, el Consejo de Estado expidió la Circular 009 con un protocolo de retorno gradual y parcial al lugar de trabajo.   

 

En tal sentido, reitera e implementa algunas medidas complementarias para retornar a los puestos habituales de trabajo, en consideración al número máximo autorizado de funcionarios y empleados, así como de usuarios externos que puedan admitirse o hacer presencia en las diferentes unidades funcionales adscritas al Consejo de Estado.

 

Algunas medidas adoptadas son las siguientes:

 

1. En la medida de lo posible, y de acuerdo con las instrucciones del titular del despacho o jefe inmediato, los empleados continuarán prestando sus servicios laborales personales bajo la modalidad de trabajo en casa, para lo cual se servirán de todas las plataformas o medios electrónicos oficiales a su disposición. Además , deberán observar las recomendaciones dadas en materia de prevención y mitigación de riesgos en salud en casa.

 

2. Por razones estrictamente del servicio o por necesidades del mismo resulta indispensable la asistencia personal de algunos servidores a las sedes  judiciales de esta corporación a partir del 1° de septiembre del 2020, particularmente a las secretarías de las salas y secciones y otras áreas transversales, con miras al cumplimiento de ciertos deberes funcionales o al desarrollo de actividades de asistencia, soporte o apoyo logístico institucional:

 

3. El regreso a las sedes judiciales se hará de manera parcial y gradual de conformidad con las directrices que se vayan impartiendo y en la medida en que se tengan reportes oficiales actualizados de las autoridades sanitarias que permitan el retorno. 

 

4. El aforo o capacidad de personas en cada unidad funcional o dependencia no podrá superar, en ningún caso, el 20 % del personal  adscrito al área de trabajo respectiva. En este evento se les solicita a funcionarios y empleados reportar con antelación su asistencia presencial a las instalaciones en la aplicación web, con el fin de evitar aglomeraciones y una exposición a un posible contagio.

 

5. Los jefes inmediatos o quienes hagan sus veces establecerán, de acuerdo con un plan de labores o tareas diseñado, horarios flexibles y turnos diferenciados de trabajo por días, con el fin de hacer una rotación permanente del personal que hará labores presenciales. 

 

6. En tanto no se supere el estado de emergencia sanitaria, según dictamen de las autoridades respectivas, las personas adultas mayores o que padecen de alguna enfermedad de alto riesgo (diabetes, hipertensión arterial, ACV, VIH, cáncer, EPOC u otra considerada así) o madres gestantes o en lactancia continuarán prestando sus servicios laborales bajo la modalidad de trabajo en casa

 

7.Prohibir el ingreso a las instalaciones del palacio, sin excepción alguna, a vendedores en general o menores de edad.

 

8. Reportar a la Secretaría General de esta corporación si se encuentra contagiado por el virus o alguno de sus familiares o en caso de presentar alguno de sus síntomas.

 

Consejo de Estado, Circular 009, Sep. 1/20. 

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