Así será sustituido el programa de salud ocupacional por el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (10:49 a.m.)
04 de Agosto de 2014
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Nota:
62559
El Gobierno acaba de definir las directrices obligatorias para implementar el Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST), las cuales deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo y las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo; las empresas de servicios temporales deben tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión. Así, el empleador o contratante deberá establecer por escrito una política de SST con alcance sobre todos sus centros de trabajo y empleados, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluyendo los contratistas y subcontratistas. Además, regula los requisitos de la política, los objetivos y todo lo pertinente a la organización del sistema. De acuerdo con la Ley 1562 del 2012, el programa de salud ocupacional deberá ser sustituido por el SG-SST, entonces deberán iniciar las acciones necesarias para ajustarse a lo establecido y tendrán unos plazos para culminar la totalidad del proceso, de la siguiente manera: 18 meses para las empresas de menos de 10 trabajadores, 24 meses para las empresas con 10 a 200 trabajadores y 30 meses para los de 201 o más trabajadores.
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