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Así regularon la formalización de recicladores

18 de Abril de 2016

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A través del Decreto 0596, el Ministerio de Vivienda definió el esquema operativo de la actividad de aprovechamiento en el servicio público de aseo y la transitoriedad para el cumplimiento de las obligaciones que deben atender los recicladores de oficio y sus organizaciones que estén en proceso de formalización como personas prestadoras de la actividad dentro del servicio público de aseo.

 

Teniendo en cuenta el nuevo marco tarifario de aseo, que empezó a regir el pasado 1º de abril, la norma fija los mecanismos para el cobro de las tarifas y cómo se entregarán los recursos a los prestadores.

 

De igual manera, el decreto indica que es obligación de los usuarios presentar los residuos separados en la fuente con el fin de ser aprovechados y entregados a la persona prestadora de la actividad de aprovechamiento, que será la responsable de su recolección y transporte hasta la estación de clasificación y aprovechamiento (ECA) y del pesaje y clasificación.

 

Para efectos de la prestación y remuneración vía tarifa, la persona prestadora deberá responder por la actividad de aprovechamiento de forma integral, lo que incluye la recolección de residuos aprovechables; el transporte selectivo hasta la estación de ECA y la clasificación y pesaje de los residuos en la misma.

 

Las personas que hacen dicha actividad se deberán registrar ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), según lo establecido en el numeral 9 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994. Quienes se inscriban solamente podrán recolectar y transportar los residuos presentados por los usuarios para el aprovechamiento.

 

Además, los que inscriban la actividad de residuos no aprovechables deberán asumir todas las responsabilidades asociadas a dicha prestación y en estos casos no aplicará el régimen de transición definido.

 

En cuanto a la formalización de los recicladores de oficio, define las obligaciones administrativas (portafolios de servicios, bases de datos de usuarios, competencias laborales, página web), comerciales, financieras y técnicas para las organizaciones que estén en este proceso, para lo cual contarán con un término de cinco años para cumplir de manera progresiva con las obligaciones.

 

Igualmente, determina las responsabilidades de los entes territoriales, tales como capacitación a los recicladores y proyectos de apoyo a su formalización.

 

(Minvivienda, Decreto 0596, Abr. 11/16)

 

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