Aplicación de norma que luego es declarada inconstitucional genera responsabilidad extracontractual del Estado (3:25 p.m.)
15 de Abril de 2014
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Nota:
96166
El Consejo de Estado determinó que la expedición de una norma que luego es declarada inexequible da lugar a imputar responsabilidad por daño antijurídico atribuible al legislador. En el fallo, indicó que, aun cuando ese tipo de decisiones solo tienen efectos a futuro, nada le impide al juez contencioso ordenar la reparación del perjuicio que se haya originado en la aplicación de la norma que fue apartada del ordenamiento. Con estos argumentos, impuso una condena de $ 1.500 millones al Congreso, al declararlo responsable del daño antijurídico causado por el cobro de la tasa especial por servicios aduaneros a la multinacional Goodyear, debido a la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley 633 del 2000, que ordenaba el recaudo (C. P. Enrique Gil).
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