Ajustan el acceso a estímulos por la exhibición de cortometrajes colombianos (9:33 a.m.)
29 de Enero de 2014
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Nota:
93957
Luego de revisar algunos aspectos reglamentados con el Decreto 763 del 2009, el Ministerio de Cultura determinó que cuando las salas de cine, por cualquier motivo, no proyecten el cortometraje colombiano que les permite acceder al estímulo de la reducción de la cuota parafiscal, artículo 14 de la Ley 814 del 2003, o no lo exhiban de conformidad con las normas y condiciones determinadas por la normativa vigente, durante el mes en que incurrió en el incumplimiento no tendrá derecho al beneficio. No obstante, según el ministerio, el estímulo se mantendrá para todos aquellos complejos en que se haya cumplido con la muestra del cortometraje de acuerdo con los requisitos establecidos, sin importar que se encuentren a cargo de la misma sala de proyección.
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