Adoptan medidas para prevenir la discriminación por orientación sexual
05 de Marzo de 2018
El Ministerio del Interior expidió, el pasado 1º de marzo, un decreto que establece el sello para promover entornos libres de discriminación por razones de orientación sexual o de identidad de género.
Con esta normativa se adiciona el Título 4º a la Parte 4º del Libro 2º del decreto único reglamentario del sector administrativo del Interior (Decreto 1066 de 2015), sobre los sectores sociales lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) y personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas. (Lea: Efectos en el tiempo de la sentencia que reconoció unión de hecho a parejas homosexuales)
Objeto
El objetivo de las disposiciones agregadas es adoptar medidas tendientes a prevenir la discriminación por orientación sexual e identidad de género diversa, para promover espacios libres de discriminación mediante la prevención de prácticas discriminatorias en el acceso y permanencia en establecimientos de comercio o de otra naturaleza abiertos al público contra los sectores sociales LGBTI o personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas.
De igual forma, esta acción afirmativa busca contribuir a consolidar una sociedad que tiene como premisa vencer la exclusión social que la afecta desde un punto de vista material y objetivo, y simbólico y subjetivo, mediante la generación de procesos de transformación cultural que les permitan a estas personas superar la situación de confinamiento social. (Lea: JUECES: Corte Suprema explica cómo es juzgar con perspectiva de género)
Acciones
Sin perjuicio de las sanciones penales y las establecidas en el Código de Policía y Convivencia, se promoverá la cultura ciudadana en pro de "entornos libres de discriminación" en todas las sedes de entidades estatales del orden nacional y territorial, y establecimientos de comercio o de otra naturaleza abiertos al público, mediante las siguientes acciones:
i. Las entidades del orden nacional, las gobernaciones y las alcaldías municipales o distritales promoverán la concesión de un sello o marca simbólica: #AquiEntranTodos, con la cual demuestren que son un entorno libre de discriminación, en los siguientes eventos:
a) Si el propietario, poseedor o tenedor a cualquier título, administrador, encargado o responsable de las sedes de entidades estatales y establecimientos de comercio o de otra naturaleza abiertos al público, voluntaria y expresamente suscribe con la alcaldía municipal o distrital un compromiso para mantener entornos libres de discriminación,
b) Si algun de las personas indicadas en el literal anterior, voluntaria y expresamente se compromete a desarrollar programas de formación continuo sobre los estándares para generar y mantener entornos libres de discriminación,
c) Si el propietario, poseedor o tenedor de las empresas y sujetos sometidos a la inspección y control de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, o el administrador, encargado o responsable del personal vinculado y el personal de seguridad, voluntaria y expresamente se compromete a desarrollar un programa de formación para generar entornos libres de discriminación, tanto en servicio al cliente como en los procesos de contratación laboral y de proveedores.
ii. Adicionalmente al compromiso voluntario, las entidades estatales y establecimientos de comercio o de otra naturaleza abiertos al público tendrán en cuenta los mecanismos, rutas o protocolos de denuncia previstos en la política pública de prevención de violaciones a los derechos humanos contenida en este decreto, para detectar alertas tempranas, adoptar medidas urgentes o de emergencia y así prevenir y sancionar casos de discriminación.
Por otro lado, la normativa indicó que las alcaldías municipales o distritales, las gobernaciones y el Ministerio del Interior podrán establecer estímulos o incentivos para promover la cultura de la no discriminación y en ningún caso estos incentivos servirán para asignar puntaje en un proceso de selección de contratistas o en un programa estatal que implique calificación. (Lea: Uso de lenguaje para estigmatizar a una persona por su orientación sexual constituye acto discriminatorio)
Directrices
En el marco de sus competencias, las entidades del orden nacional, las gobernaciones y las alcaldías municipales o distritales podrán formular directrices y mecanismos de seguimiento y control al cumplimiento de este decreto y evaluar el nivel de compromiso con la cultura de la no discriminación.
Por su parte, el Ministerio del Interior diseñará programas de asistencia técnica, social y de apoyo y coordinará con las instituciones estatales y las entidades territoriales la elaboración, la ejecución y el seguimiento de las medidas adoptadas mediante este decreto.
Mininterior, Decreto 410, Mar. 1/18
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