Administración no incumple exigencias del Código de Tránsito al cobrar renovación de licencias (10:26 a.m.)
19 de Junio de 2014
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Nota:
61433
El Consejo de Estado reiteró que la gratuidad en la expedición de licencias de conducción cobija únicamente a la sustitución del documento por razones técnicas o de seguridad, pero, en ningún caso, la expiración. Así las cosas, aunque es un deber de la administración garantizar la expedición del documento sin costos, no se observa que estuviera incumpliendo lo exigido en el artículo 17 de la Ley 769 de 2002 (parágrafo 2). Esto, dice la providencia, porque los cobros se refieren a la renovación y no a la sustitución (C. P. Susana Buitrago).
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