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Actuaciones dentro de un incidente de desacato pueden ser revisadas por tutela, si hay vulneración de derechos fundamentales (9:14 a.m.)

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25 de Julio de 2011

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La Corte Constitucional reiteró que en el incidente de desacato puede presentarse vulneración de derechos fundamentales, por lo que la acción de tutela procede frente a las decisiones que se adopten en su trámite o término. Por tal razón, tuteló el derecho al debido proceso a una persona que interpuso un incidente de desacato contra el gobernador del departamento de Bolívar porque no cumplió lo fallado en una tutela en la que se le amparó su derecho de petición. En la consulta resuelta por el Tribunal Superior de Montería, se revocó la sanción impuesta contra el gobernador por el desacato, por estimar que hubo respuesta oportuna. Sin embargo, la sala recordó que el derecho de petición se materializa si la autoridad requerida emite una respuesta de fondo a lo pedido, es decir, que resuelva la cuestión, sea de manera favorable o desfavorable a los intereses del peticionario (M. P. Nilson Pinilla).

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