Actos de revocatoria directa de derechos particulares deben cuestionarse vía acción de nulidad y restablecimiento (11:58 a.m.)
04 de Diciembre de 2013
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Nota:
93055
El Consejo de Estado determinó que, para atacar los actos de revocatoria directa en los que se afectan derechos particulares y concretos inicialmente reconocidos debe acudirse a la acción de nulidad y restablecimiento y no a la reparación directa. No obstante, frente a la supuesta ilegalidad de la actuación desplegada en esos casos, sostuvo que es procedente que la administración revoque el acto administrativo de manera directa que tenga la virtud de despojar de un derecho inicialmente concedido, siempre y cuando el afectado haya dado su autorización expresa para ello. Sin embargo, teniendo en cuenta la naturaleza de los hechos, la corporación se abstuvo de pronunciarse sobre las pretensiones de resarcimiento de una empresa a la cual le revirtieron la licencia ambiental para la instalación de vallas publicitarias en el norte de Bogotá, mediante la revocatoria directa, pues el actor pretendía la reparación directa, cuando lo propio era alegar la nulidad y el restablecimiento del derecho (C. P. Danilo Rojas).
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