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Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Acción de nulidad ofrece suficientes garantías a Petro para no tener que acudir a la tutela: Consejo de Estado (8:30 a.m.)

26 de Febrero de 2014

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Nota:
94845
El Consejo de Estado determinó que la amplitud que en materia de medidas cautelares ofrece el artículo 230 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) le permite al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, tener las suficientes garantías para que se examine la legalidad de la sanción que le impuso la Procuraduría, sin tener que acudir a la acción de tutela. De ahí que haya decidido denegarle la acción de amparo a través de la cual pretendía que se mantuviera la suspensión provisional de la destitución e inhabilidad de 15 años establecida por el Ministerio Público. La corporación ha sostenido que la nueva norma hace de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho un instrumento lo suficientemente garantista, ya que el operador tiene la obligación de verificar si se produjo alguna violación a las garantías fundamentales del accionante, aun cuando no se trate de una evidente y manifiesta vulneración, caso en el cual deberá ordenar la suspensión provisional del acto que genere el perjuicio. Pese a la derrota de la ponencia de Guillermo Vargas Ayala por 14 votos contra 11, la suspensión de la destitución se mantiene por cuenta de una acción de tutela del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá que ya está siendo estudiada en segunda instancia por el Consejo Superior.

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