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Administración debe responder por omitir adopción de medidas preventivas ambientales (8:24 a.m.)

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08 de Abril de 2015

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El Consejo de Estado determinó la configuración de la falla del servicio por parte de la Corporación Autónoma Regional (CAR) de Cundinamarca, que no tomó oportunamente medidas preventivas en materia ambiental para evitar la inundación de dos inmuebles de propiedad de algunos habitantes de una vereda del municipio de Mosquera. En opinión del alto tribunal, dicha CAR autorizó rellenos en fundos aledaños, sin inspeccionar esta actividad, desconociendo su deber de garantizar que los trabajos adelantados cumplieran con la normativa ambiental. Adicionalmente, el fallo endilgó responsabilidad patrimonial al municipio de Mosquera, ya que este no ejerció eficientemente su poder de policía y permitió nivelaciones topográficas irregulares. Del mismo modo, el municipio de Funza no atendió la órdenes de suspensión de dicha obra ni procuró la recuperación de la zona afectada, indicó la corporación (C. P. Olga Mélida Valle).

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