Administración de bienes baldíos ubicados en zona de reserva forestal está en cabeza del Ministerio de Ambiente (12:00 p.m.)
15 de Mayo de 2015
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Nota:
101416
Así lo determinó el Consejo de Estado al declarar la nulidad de la Resolución 44 del 2008, expedida por la Unidad Nacional de Tierras (Unat), que reglamentó la ocupación y aprovechamiento de los terrenos que conforman las Islas de Nuestra Señora del Rosario y San Bernardo. Según determinó la providencia, a la luz de las disposiciones de los numerales 10 y 11 del artículo 28 de la Ley 1152 de 2007, la Unat no tenía competencia para expedir dicha resolución, puesto que la potestad requerida para ese acto fue asignada al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (C.P. Hernán Andrade).
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