Adhesión a la reforma del directorio ejecutivo del FMI es constitucional (10:16 a.m.)
04 de Junio de 2014
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Nota:
96325
Esta es la sentencia que declaró exequible la propuesta de enmienda del Convenio constitutivo del Fondo Monetario Internacional (FMI) y su ley aprobatoria (Ley 1631 del 2013). Para el alto tribunal, este instrumento se ajusta a los objetivos de integración con otros Estados y respeta la soberanía nacional (artículo 9º de la Carta); además, cumple el mandato de internacionalización de las relaciones económicas, sociales y ecológicas con otras naciones (artículos 226 y 227). La Corte señaló que es válida su aprobación mediante adhesión y que se cumplió su trámite legislativo mediante voto nominal y público. Finalmente, advirtió que “la manifestación de voto negativo con posterioridad a la votación y aprobación de los proyectos de ley no invalida la votación ordinaria, sino que la habilita como una constancia”. María Victoria Calle y Alberto Rojas salvaron el voto. Luis Ernesto Vargas y Jorge Iván Palacio presentaron aclaraciones (M. P. Mauricio González Cuervo).
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