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Actuar como el magistrado auxiliar que proyectó una decisión no constituye causal de impedimento (2:35 p.m.)

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15 de Octubre de 2013

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La Corte Suprema de Justicia determinó que haber elaborado un proyecto de fallo como magistrado auxiliar en una demanda de casación penal no constituye causal de impedimento para que este funcionario judicial pueda participar en el examen al mismo caso, esta vez como magistrado titular. Según la providencia, la labor que desempeña el funcionario no supone que aquel ejerza control jurisdiccional alguno, según lo establece el Acuerdo 41 del 2003, mediante el cual la Sala Plena estableció estas competencias. Para la corporación, en esta instancia el funcionario no compromete su visión particular frente al caso sino que tiene a su cargo reflejar la postura del titular del despacho y la de los demás integrantes de la sala especializada que conozcan del trámite (M. P. Fernando Castro).

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