Actualizan regulación para financiar asociaciones público privadas (4:35 p.m.)
29 de Abril de 2014
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Nota:
95922
Con el fin de incorporar las características particulares del esquema de asociaciones público privadas (APP) descritas en la Ley 1508 del 2012, el Gobierno acaba de modificar el Decreto 2555 del 2010. En general, los ajustes realizados por el Ministerio de Hacienda están relacionados con los límites individuales de crédito, los regímenes de inversión de los recursos de los fondos de cesantías, de los fondos de pensiones obligatorias y del portafolio que respalda las reservas técnicas de las compañías de seguros de vida. También se modifica parcialmente la definición de fondos de capital privado y se amplía el cupo individual de endeudamiento de los establecimientos de crédito desde un 10 % hasta un 25 % del patrimonio técnico, siempre y cuando el exceso corresponda a la financiación de proyectos de infraestructura de cuarta generación de concesiones viales (4G) bajo el esquema de APP. Igualmente, extiende el límite al cupo individual de endeudamiento de la Financiera de Desarrollo Nacional (FDN), hasta un 40 % del patrimonio técnico. Finalmente, crea una categoría específica para la inversión de fondos de capital privado nacionales destinados a la financiación de proyectos de infraestructura bajo el mencionado esquema, siempre y cuando dichos instrumentos destinen al menos dos terceras partes de los aportes de sus inversionistas.
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