Aclaran unificación de jurisprudencia sobre remuneración de soldados voluntarios incorporados como profesionales (9:34 a.m.)
15 de Noviembre de 2016
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Nota:
52866
En relación a la unificación de jurisprudencia sobre el reconocimiento del reajuste salarial reclamado por los soldados voluntarios que posteriormente, en aplicación del Decreto Ley 1793 del 2000, fueron incorporados como profesionales, la Sección Segunda del Consejo de Estado dijo que esta debe interpretarse bajo el entendido de que el inciso 2° del artículo 1° del Decreto Reglamentario 1794 del 2000 establece que los uniformados que reúnan tales condiciones devengarán un salario mínimo legal vigente incrementado en un 60 %. Así mismo, precisó que dicha sentencia no es constitutiva del derecho a reclamar el reajuste salarial y prestacional del 20 % respecto del cual se unificó la jurisprudencia en esa oportunidad, por lo que el trámite de dicha reclamación, tanto en sede gubernativa como judicial, deberá atenerse a las reglas que sobre prescripción de derechos contempla el ordenamiento jurídico en los artículos 10 y 174 de los Decretos 2728 de 1968 y 1211 de 1990, respectivamente, término que deberá contabilizarse en cada caso en particular, “teniendo en cuenta el momento en que se presente la respectiva reclamación por el interesado, mas no la fecha de ejecutoria de la sentencia”, concluyó el fallo (C.P. Sandra Ibarra).
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