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Aclaran forma de envío de la información sobre créditos adquiridos con entidades nacionales y extranjeras (8:48 a.m.)

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04 de Marzo de 2014

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La Superintendencia Financiera requiere estandarizar la información remitida por los establecimientos de crédito de acuerdo con lo señalado en las cartas circulares 70 y 73 del 2008. Lo anterior a efectos de contar con información homogénea, toda vez que, según la entidad, revisada la información reportada se encontraron inconsistencias que hacen necesario reiterar los requerimientos de información, pero bajo los siguientes parámetros: el diligenciamiento y transmisión de los tres formatos debe realizarse en archivos Excel por separado, seguir el esquema señalado para la identificación de los archivos, diligenciar siempre los campos del encabezado de cada uno de los formatos, tener presente que la fecha utilizada tanto en el nombre del archivo como en el campo de fecha de corte del formato sea la misma, el primer reporte dando cumplimiento a las anteriores especificaciones debe realizarse a partir del próximo reporte a transmitir. También, advierte que la información que contenga imprecisiones, omisiones o inconsistencias no se entenderá recibida, por lo tanto, se comunicará de tal situación a la entidad, mediante la devolución del archivo transmitido y la solicitud de las explicaciones respectivas. Para cualquier inquietud sobre el instructivo, las entidades se pueden comunicar a la línea 5940200, con los funcionarios Luis Rodrigo Puentes (ext. 1228) o Jorge Humberto Lozano (Ext. 1140).

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