Aclaran en qué casos cónyuge supérstite queda exento de demostración de convivencia mínima con el causante de la pensión (3:33 p.m.)
21 de Abril de 2014
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Nota:
96112
La Corte Suprema de Justicia aclaró que quien aspire a hacerse a una pensión de sobreviviente queda exento de demostrar una convivencia mínima de dos años anteriores a la muerte del causante si pone en evidencia que dentro de ese mismo lapso o posterior al deceso hubo procreación. Así, la exención, contenida en el artículo 47 de la Ley 100 de 1993 (literal a)), no puede regir para los hijos concebidos en cualquier tiempo, subrayó. En el caso concreto, dice, la negativa a conceder el derecho se basa en la prueba de que no hubo convivencia y no en una errónea interpretación de la norma (M. P. Jorge Mauricio Burgos).
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